miércoles, 27 de marzo de 2013

La Justicia Triunfa: Juez invalida la “Ley Tito Kayak”






La Justicia Triunfa: Juez invalida la “Ley Tito Kayak”


Coamo, 27 de marzo de 2013. El Tribunal de Primera Instancia declaró la inconstitucionalidad de esta ley y desestimó los cargos contra manifestantes arrestados en el 2011. Por entender que desalienta manifestaciones legítimas protegidas por el derecho a la libre expresión, el juez Eduardo Busquets, del Tribunal de Ponce, declaró hoy la inconstitucionalidad del Artículo 208-A del Código Penal del 2004, y desestimó los cargos que pesaban contra seis manifestantes que fueron arrestados a finales del 2011 durante una protesta contra los aerogeneradores de Santa Isabel.

El fallo judicial es extensivo al Artículo 200 bajo el Código Penal vigente, conocido como la “Ley Tito Kayak”, cuyo propósito es similar al del Artículo 208-A, y que ha sido impugnado en diversos foros por presuntamente coartar el derecho constitucional a la libre expresión al criminalizar la obstrucción y paralización de obras de construcción durante una protesta.

El juez Busquets determinó que las prohibiciones contenidas en el referido estatuto tienen un efecto paralizador que desalienta que personas con reclamos protegidos por la Constitución lleven a cabo manifestaciones por temor a ser procesados penalmente.

Según el juez superior del Tribunal de Ponce, la ausencia de otras protestas en contra del proyecto de producción de energía eólica de la compañía Pattern Energy luego de los arrestos del 2011 confirma ese efecto disuasivo.

“El paso del tiempo ha confirmado la posible existencia de ese 'chilling effect' (o efecto disuasivo), ya que no ha habido protesta alguna”, señala el juez en su resolución.

“Lo que alegó el ministerio público sobre el Artículo 208-A es que una legislación que castiga un delito y cause un efecto disuasivo o 'chilling effect' para que no se cometa, es precisamente lo que se persigue al promulgarla. Aunque tengan razón en este planteamiento... cuando dicha legislación, a su vez, infringe derechos constitucionales de la ciudadanía, la misma no puede prevalecer”, destacó el juez al decretar la inconstitucionalidad del estatuto.

No fue posible confirmar de inmediato con el Departamento de Justicia si planifican apelar la determinación judicial, pero Robinson Rodríguez, uno de los acusados en el caso, dijo que en corte abierta los fiscales dejaron entrever que podrían impugnarla.

Para Rodríguez, la victoria judicial reivindica las luchas sociales como medio para hacer valer los derechos y encauzar reclamos contra el gobierno.

“Reivindica el derecho a la libre expresión, el cual nunca debe ser penalizado, y reivindica el derecho de las comunidades a su sustentabilidad, a su seguridad alimentaria y al desarrollo comunitario”, expresó el profesor de sociología rural en el Recinto Universitario de Mayagüez en entrevista con este medio.

La protesta se basó en el entendido de que la instalación de los aerogeneradores en Santa Isabel afectaría adversamente terrenos de alto valor agrícola.

Junto a Rodríguez, se desestimaron los cargos que pesaban contra Raúl Mari, Edwin Velázquez, Rosemarie Vázquez, Javier Smith y Luis García.

En su resolución, el juez Busquets resaltó que tanto el Senado como la Cámara de Representantes han aprobado recientemente proyectos de ley para derogar el Artículo 200 del nuevo Código Penal por violentar preceptos constitucionales.

El magistrado aclaró que aunque el Artículo 200 no estuvo en controversia en el caso, pues los hechos ocurrieron previo a su aprobación, esa disposición penal “incide sobre terceros en similares circunstancias que lo que alegan los acusados”.

El Ejecutivo ha anticipado que derogará el estatuto, pero todavía no se ha completado el trámite legislativo que llevaría el proyecto a La Fortaleza para la firma del gobernador Alejandro García Padilla.

El juez Busquets afirmó, además, que el estado tiene actualmente los mecanismos necesarios para cumplir la intención del referido artículo, de garantizar el derecho propietario de los dueños de construcciones, sin la necesidad de menoscabar los derechos constitucionales de los ciudadanos que protestan. El autor del escrito antes mencionado es la periodista Rebecca Banuch del portal www.elnuevodia.com. Fotos por Ramón Luis Vázquez Collazo y Copyright 2013 © Ramón Luis Vázquez Collazo – All Rights Reserved. 

Editado por Ramón Luis Vázquez Collazo de la Prensa Independiente y Otros Servicios